La DEV (Dirección Electrónica Vial) es un buzón electrónico en el que cualquier ciudadano puede darse de alta para recibir las comunicaciones o notificaciones de la DGT de manera telemática con idéntica validez jurídica que la tradicional carta en papel. Al igual que estas cartas, las comunicaciones y notificaciones que la DGT envía por esta vía se refieren a multas o sanciones relacionadas con la seguridad vial.
Se trata de un sistema de alta voluntaria que, a partir del 1 de noviembre, pasará a ser obligatorio para empresas y Personas Jurídicas con vehículos a su nombre. Para poder registrarse en la DEV es necesario disponer de un certificado digital en vigor o DNIe y, durante el proceso de alta en el sistema, se solicitará un correo electrónico y un número de teléfono móvil donde recibir los avisos de las notificaciones pendientes de lectura. En caso de no darse de alta, será la propia DGT la que de oficio asignará una dirección electrónica vial. En este caso, si no se facilita un correo electrónico o número de móvil, no se podrá avisar cuando se emita una nueva notificación. Es importante tener esto en cuenta, ya que las notificaciones no llegarán por ningún otro canal y transcurrido un plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición de una notificación sin que se haya leída o rechazada expresamente, pasará a estar caducada y el efecto legal será el mismo que si es rechazada. Tanto en el momento de rechazar una notificación como el día en que caduca, se inicia un plazo adicional de 20 días naturales para abonar la sanción, presentar alegaciones o realizar cualquier otra acción que recoja la ley.
Para las Personas Físicas, es decir, titulares de vehículos particulares que no están a nombre de una empresa o entidad jurídica, el registro en el sistema DEV continúa siendo voluntario, de manera que si no se ha realizado el alta las notificaciones continuarán llegando por correo postal.
Además de consultar las comunicaciones y notificaciones emitidas por la DGT, como usuario de la DEV también se pueden modificar todos los datos editables que permite el sistema. Por otro lado, los organismos que pueden emitir comunicaciones por este canal, además de la DGT, son aquellos que sean competentes en materia de tráfico, como el Servicio Catalán de Tráfico, la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco y todos aquellos ayuntamientos que se vayan incorporando al sistema DEV.
En cuanto a la baja voluntaria del sistema DEV por parte de Personas Jurídicas o empresas, no es posible salvo en los casos de empresa extinguida, absorbida, fusionada o que ha cambiado de datos y sigue recibiendo comunicaciones por esta vía. Igualmente, en el caso de que la empresa o Persona Jurídica deje de utilizar un vehículo por el que se había dado de alta, debe comunicarlo con la documentación correspondiente, como la baja, el cambio de titularidad del vehículo o la extinción del contrato de renting de vehículos en su caso.
Recuerda que, si eres mutualista, tienes a tu disposición un Servicio Integral de Multas para ayudarte desde el primer momento con tus sanciones de tráfico, comunicándote, asesorándote y recurriendo tus multas en vía administrativa.
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