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Noticias de Mutua - SEGUROS

Noticias de Mutua - SEGUROS

¿Tienen IVA los seguros?

Te explicamos si los seguros tienen IVA o están exentos.

Conoce todos los detalles de los impuestos en los seguros

Muchas veces nos preguntamos si hay IVA en los seguros y cuántas tasas pagamos cuando contratamos un seguro. Esta duda nos surge porque, como sabemos, cualquier actividad que realicemos, todas las compras que hagamos o servicios que utilicemos llevan incluido un porcentaje en mayor o menor medida. La realidad es que lo seguros no llevan IVA en España pero sí que llevan otro tipo de tasas que estamos obligados a pagar.

¿Por qué no hay IVA en los seguros? Los seguros no soportan IVA porque se dictaminó en el artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, donde se expone que “todas las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización están exentas de IVA”

Aún así, debemos saber que, aunque no se pague IVA en los seguros, se pagan otras tasas exclusivas de los seguros como son el impuesto sobre Primas del seguro (IPS) y la tasa para el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

El Impuesto sobre las Primas del Seguro (IPS)

Uno de los impuestos que se abonan a la hora de pagar un seguro es el Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS). Este tributo está vigente desde el año 1997 y grava, aproximadamente, un 6% sobre el total neto del seguro contratado.

Como ocurre en muchas ocasiones, existen excepciones que permiten que no todos los seguros tengan que pagar este tributo. En el artículo 12 de Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social se dicta que los siguientes seguros estarán exentos de pagar este tributo:

  • Seguros de vida: Este tipo de seguros no llevan incluido el Impuesto sobre las Primas del Seguro, aunque debemos saber que en caso de contratar alguna garantía complementaria si que se aplicaría el IPS sobre esta garantía.
  • Seguros de transporte internacional de mercancías o viajeros: Estos seguros son aquellos que vienen incluidos cuando se contrata un transporte de carácter internacional ya sea de mercancías o de personas.
  • Seguros de caución: Los seguros de caución son aquellos seguros que se contratan cuando una persona quiere asegurar cualquier perjuicio que pueda sufrir cuando el tomador del seguro incumple con las obligaciones contractuales o legales que pueda tener con él.
  • Los reaseguros: Coloquialmente, se conoce al reaseguro como el “seguro del seguro”. El reaseguro se realiza cuando un asegurador cede a otro asegurador parte (o la totalidad) del riesgo de una operación recibiendo, el segundo, una parte (o la totalidad) de la prima.
  • Seguros de capitalización: Los seguros de capitalización ejercen como una especie de “seguro de vida” en las que el asegurado se protege ante cualquier imprevisto. Además, este tipo de seguro permite invertir parte de las primas en una cuenta donde se encuentran las ganancias obtenidas.
  • Seguros de Crédito a la exportación y los seguros Agrarios Combinados: Los seguros incluidos en los créditos a la exportación y los seguros Agrarios Combinados están exentos de pagar el IPS
  • Seguros de buques o aeronaves que se destinan al transporte internacional: En este caso están excluidos los buques o aeronaves de categoría privada o de recreo, por lo que en este caso sí que se pagaría el impuesto.
  • Los seguros sociales obligatorios y a seguros colectivos que instrumenten sistemas alternativos a los planes y fondos de pensiones

Tasa para el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

Además del impuesto sobre las primas del seguro, todas las pólizas llevan incluidas otra pequeña tasa que va destinada al Consorcio de Compensación de Seguros. El Consorcio de Compensación de Seguros o CSS es una entidad pública empresarial que está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Tiene diversas funciones pero destacan, principalmente, las siguientes:

  • Cobertura de riesgos extraordinarios: El CSS cubre posibles perjuicios que resulten tras algún desastre natural, como pueden ser incendios, inundaciones o terremotos. Cualquier percance ocurrido con un vehículo asegurado en estas circunstancias, están cubiertas por el CSS.
  • Responsabilidad Civil: Todos los usuarios deben tener cubierta la responsabilidad civil. En este caso, cubre a aquellos usuarios que lo necesiten y no hayan podido estarlo previamente por una aseguradora.

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